Por Rita Magaña Torres y Lizbeth Ortiz Acevedo
Fuentes: //cimacnoticias.com.mx
Ciudad de México.- El Senado del país aprobó con 69 votos a favor y 42 en contra, sin abstenciones, la Ley de Amparo, propuesta por Morena y sus aliados quienes con esta aprobación abren una puerta para que la ciudadanía que requiera el recurso no pueda recibir el amparo de la justicia federal y esto, por ejemplo, atentaría contra colectivas feministas quienes han recurrido a esa figura históricamente para echar abajo arbitrariedades judiciales y consagrar derechos humanos de las mujeres.
Aún falta la discusión en lo particular, no obstante, está dada esta Ley y será en las próximas horas que tengamos más detalles que permitan ampliar el análisis, pero hoy se hace efectiva esta iniciativa de la cuarta transformación.
Para analizar esta información, es importante no perder de vista que hay una historia que precede la lucha feminista acompañada del recurso de amparo, una figura jurídica a la que han recurrido para no permitir que los derechos de mujeres sean avasallados, por eso será importante dar algunos ejemplos clave de mujeres en acción usando este recurso y que hoy parecen perder.
Karla Quintana, entonces, directora general de la Asesoría Jurídica Federal de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), en su texto académico «El caso de Mariana Lima Buendía: una radiografía sobre la violencia y discriminación contra la mujer, publicado en el 2018, aseveró que:
«una sentencia de amparo puede constituir una acción reparadora y una garantía del derecho a la verdad»,
Esta nueva Ley, supuestamente pretende garantizar el derecho de amparo generalizado, no obstante la oposición hace mención que se trata de una medida del gobierno de López Obrador que podría ser «una venganza» para que nada detenga los megaproyectos, así como reformas constituciones que estén en beneficio del criterio exclusivo de la llamada cuarta transformación.
La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación manifestó al Senado de la República su preocupación por la reforma aprobada en comisiones, que limita la concesión de suspensiones provisionales o definitivas (amparos) con efectos generales contra leyes expedidas por el Congreso de la Unión.
Los magistrados y jueces afirmaron que esta iniciativa de la autoría de Ricardo Monreal, coordinador de Morena, vulnera el derecho de acceso a la justicia y de no discriminación, con especial afectación a grupos vulnerables, “pues se daría un trato desigual a quienes aun no habiendo acudido al amparo sean afectados por una ley, que posteriormente a su análisis resultara contraria a la Constitución”.
Esta pretensión, aseguraron, afectaría directamente a las personas justiciables, pues impediría a los jueces aplicar, en beneficio de las personas, como lo mandata la Constitución en su artículo primero, el principio de progresividad de los Derechos Humanos, los cuales deben aumentar y no disminuir, como lo establecen también las convenciones internacionales que México ha firmado y ratificado.
Importancia de amparos para los movimientos feministas
Hay que recordar cómo el 2 de agosto del 2023, oficialmente, la cancelación de 33 Normas Oficiales Mexicanas (NOM) en materia de salud fueron suspendidas, gracias a una oleada masiva de amparos de mujeres feministas.
La jueza federal Blanca Lobo Domínguez, quien el pasado 14 de julio admitió uno de los 100 amparos promovidos por activistas del movimiento feminista para frenar la desaparición de las NOM.
En ese entonces en entrevista para Cimacnoticias, Yndira Sandoval Sánchez (activista y fundadora de la colectiva Las Constituyentes Mx) explicó que el amparo gracias al cual se suspendió temporalmente la cancelación de las NOM —con número 1236/2023— formó parte de los 100 amparos promovidos el 20 de junio de este 2023 por parte de Fuerza Política Todas México.
Ese día, varias integrantes de Las Constituyentes Mx y de diversos colectivos y organizaciones feministas como Todas México se manifestaron frente a la Secretaría de Salud ubicada en la Ciudad de México. A la par de la manifestación, varias mujeres a lo largo y ancho de toda la República Mexicana promovieron un centenar de amparos indirectos contra la medida anunciada por Hugo López-Gatell Ramírez.
Los amparos impugnaron la determinación publicada en el Diario Oficial de la Federación sobre la cancelación de las NOM y estaban dirigidos contra los gobiernos estatales de los que depende la Secretaría de Salud (SSA), la propia SSA y —dentro de ella— Hugo López-Gatell Ramírez, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud. De hecho, en los recursos se pide un juicio político contra este funcionario.
Otro ejemplo, basta recordar que mediante esta vía de la justicia federal se beneficiaron mujeres de Ocotequila, Guerrero, quienes en pleno siglo XXI no podían votar por la figura representante del comisariado, bajo el argumento de que es una tradición por usos y costumbres y supuestamente «ellas no tenían derecho», como sucedía hace más de 70 años, pero tras ganar un amparo y con la sentencia del Tribunal Electoral en el estado se dio a las mujeres libertad de elegir.
Otro caso que permite ejemplificar cómo las colectivas feministas se verán afectadas es el caso del movimiento Tu voz es mi voz en Ecatepec, estado de México, quienes adoptaron la causa contra la escasez de agua de calidad en el municipio y ganaron en junio de 2020 contra órganos de la autoridad municipal.
Cabe mencionar que la iniciativa de Ley de Amparo solo requirió mayoría simple para su aprobación en el Senado, es decir, la mitad más uno de los votos de los senadores presentes en el pleno, es decir que Morena con sus aliados tuvieron esa mayoría, por lo que el dictamen tuvo el respaldo para sacarlo adelante para que pase a la Cámara de Diputados, donde también sería el mismo escenario.
En el caso de Ecatepec, municipio del estado de México, la abogada Miriam Silva, fundadora de Tu voz es mi voz, expresó: «este movimiento surgió por un problema que había en la localidad, principalmente cuando inició el COVID-19 en 2020, que en realidad era un tema de limpieza y lo que estaba faltando era el agua de calidad, así como llegó la pandemia y muchas colonias empezaron a tener desabasto del vital líquido».
Por ello, detalló que se promovieron 15 amparos colectivos, los cuales representaron a cuatro mil 500 ciudadanas y ciudadanos, que demandaban agua de calidad en la red hidráulica, ya que las familias afectadas gastaban hasta mil 800 pesos mensuales para comprar el vital líquido mediante pipas.
“Anteriormente, en 2018, había escasez de agua en Ecatepec, pero al menos estaba tandeada. Un día a la semana había agua ya mediante pipas o en la red, pero desde que llegó el presidente municipal, Fernando Vilchis Contreras, empezó la escasez de agua en bastantes colonias y te puedo hablar que hay partes de Ecatepec que antes tenían agua y hoy sí de plano no tienen nada”, señaló Silva.
Por ello, precisó que esos amparos interpuestos no nada más se dirigieron hacia el presidente municipal, sino también a autoridades federales, a la estatal, a la local y al Congreso del estado de México: “por eso creo que es importante que se etiquete un recurso anual, los años que sean necesarios, para recuperar la red hidráulica en Ecatepec”.
Miriam Silva, junto con Jessica Hermosillo, lideresas de Tú voz es mi voz, interpusieron el amparo colectivo ante el inminente peligro de contagio del COVID-19, y el nulo servicio de agua que proporcionaban las autoridades de Ecatepec y SAPASE, que representaron a 112 familias de 8 colonias, entre estas Nueva Aragón, Sauces PRI, Unidades Habitacionales Ciudad Oriente, Petroquímica, Alborada de Aragón, todas ellas ubicadas en Ecatepec.
El amparo que se tramitó en el Poder Judicial Federal en el Municipio de Naucalpan con número 332/2020, otorgó la suspensión para efecto de que durante todo el tiempo en que se tramitara el amparo, tenían la obligación de dar agua a la gente de las 8 colonias, 100 litros al día por cada miembro de las 112 familias, y en caso de no hacerlo se solicitaría la deshabilitación de cada uno de los Titulares de las Autoridades del municipio de Ecatepec.
Al respecto la abogada Miriam Silva afirmó que gracias a los amparos hoy, sí ha cambiado la vida de las personas, no en la magnitud que se quisiera que fuera, como regresar el agua de la red limpia, pero al menos en la economía, “yo creo que hemos ahorrado, por ejemplo, unos 20 mil pesos anuales de cada familia derechos negados durante décadas se han restituido a través del amparo”.
Por “ser mujeres” niegan derecho al voto
Las mujeres de la localidad de Ocotequila, Guerrero, no pudieron votar el 2 de enero de 2022 en la elección del comisario municipal, por el hecho de ser mujeres. Esa situación no era nueva, pues se había repetido a lo largo de los últimos 60 años, pese a que en México las mujeres lograron el derecho al voto en 1953; la razón para impedir el voto femenino en Ocotequila, el argumento de que así lo dictan “los usos y costumbres”.
Un pretexto que ha sido perpetrado por las autoridades tanto del PRI, como de Morena, quienes le negaron el derecho constitucional de las habitantes de la comunidad, esto de acuerdo con la denuncia de Antonia Ramírez Marcelino, integrante de la Junta local del Instituto Nacional Electoral (INE).
Ramírez Marcelino, denunció lo sucedido en una publicación en Facebook, donde relató que las mujeres nunca han votado en la elección del comisario. Mencionó que 9 mujeres llegaron al corredor de la comisaría para manifestar su elección, pero los hombres se lo negaron.
Por eso, un grupo de mujeres de Ocotequila, impugnaron ante el Tribunal Electoral Estatal (TEE) la elección a comisario de su comunidad que se realizó el 2 de enero del 2022. Además, el 3 de febrero del 2023, el TEE anuló esa elección emplazando a las autoridades del municipio de Copanatoyac a que se realizaran otras de manera extraordinaria.
El 17 de septiembre de 2023, por primera vez en la historia de la comunidad de Ocotequila, municipio de Copanatoyac, en la Montaña Alta de Guerrero, las mujeres pudieron participar en una elección, para escoger al comisario municipal de esa localidad.
La activista Antonia Ramírez Marcelino, también participó como candidata independiente a la comisaría y 33 votos, mientras el PRI, PRD y Morena postularon como candidatos a hombres; Crescenciano López Escamilla del PRI obtuvo 416 votos; Felipe Solís Salazar de Morena logró 339 votos y Álvaro de Dios Navarrete, del PRD, logró 36 sufragios.
Al respecto, Ramírez Marcelino expresó su satisfacción, porque lo más importante es que se logró que las mujeres acudieron a emitir su voto y se rompió esa tradición que les imponían de que no podían participar, ya que las mujeres de esa comunidad guerrerense tuvieron la protección de la justicia para que sus derechos políticos fueran reconocidos.
Ramírez Marcelino agradeció el apoyo a la Red para el Avance Político de las Mujeres Guerrerenses y a la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que asumieron la responsabilidad de representarlas jurídicamente para hacer valer su derechos humanos en vivir en igualdad de oportunidades y que no las discriminen solo por hecho de ser mujeres.
Limita suspensiones provisionales o definitivas de amparos
La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación recordaron que tal y como lo ha sostenido la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “el juicio de amparo permite a la persona juzgadora establecer sí se han violado o no derechos humanos, así como determinar la suspensión provisional o definitiva de una disposición de carácter general.
Previo a esta determinación, la suspensión no prejuzga sobre la constitucionalidad de la ley general, pero permite, en caso de que las normas sean contrarias a la Constitución, que estas no sean aplicables o ejecutadas en perjuicio de las personas”.
La asociación pidió a las y los senadores que con respeto al principio de división de poderes, esta iniciativa se apegue a los parámetros constitucionales y convencionales al tratarse de una modificación trascendental a la protección jurisdiccional de los derechos humanos.