En la Investigación de Tráfico de Influencias
Peña Nieto como el tío Lolo…
Por Antonio Moreno.
El tráfico de influencias es una práctica ilegal que consiste en utilizar la influencia personal en los ámbitos de gobierno o empresarial a través de conexiones con personas con el fin de obtener favores o tratamiento preferencial. Naturalmente que se buscan conexiones con personas que ejerzan autoridad o que tengan poder de decisión y a menudo esto ocurre a cambio de un pago en dinero o especie u otorgando algún tipo de privilegio.
En el Titulo XIX Libro II del Código penal, “Delitos Contra la Administración pública” en su Capítulo VI, Art. 428 al 431 se castiga el tráfico de influencias y fue introducido en nuestra legislación penal por primera vez en la ley orgánica 9/1991 de 22 de marzo.
El artículo 429 del Código penal tipifica aquellos supuestos en los que se ejerce presión por parte de un particular a una autoridad o funcionario público, sobre el cual se tiene una situación de pre- valimiento, con el fin de conseguir la resolución que se desea, en este caso el sujeto activo es el particular que con su conducta “vicia” a su vez la conducta del la autoridad.
Por su parte el art. 400 del código penal, referido al delito de tráfico de influencias, establece como sanción por la comisión de este delito pena privativa de la libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis cuando el sujeto activo es cualquier persona y pena privativa de la libertad no menor de cuatro años ni mayor de ocho años e inhabilitación cuando el sujeto activo sea un funcionario o servidor público.
A la luz de estos datos podemos afirmar categóricamente que los inmuebles “adquiridos” por Peña Nieto, su esposa y el hoy secretario de hacienda Luis Videgaray a una empresa de Grupo Higa propiedad de Juan Armando Hinojosa Cantú son producto del delito de tráfico de influencias, ya que este personaje es el contratista preferido de Peña desde que era gobernador del Estado de México y lo sigue siendo hasta el día hoy como se constata con la fallida licitación del tren rápido a Querétaro que había sido concedida a dicha empresa. Por lo cual, si en este país reinara el estado de derecho, los involucrados ya estarían inhabilitados y en la cárcel, pero como en este país la legalidad brilla por su ausencia todos tan tranquilos.
El pasado martes tres de febrero Enrique Peña Nieto revivió a la Secretaria de la Función Pública al nombrar al ex consejero del IFE Virgilio Andrade Martínez como titular de esta dependencia, ¡¿un empleado investigara al jefe!? Echándole un breve vistazo al entorno familiar del recién nombrado paladín anticorrupción encontramos que fue colaborador de Ana Paula Gerard funcionaria en Los Pinos en el sexenio de Salinas de Gortari y quien hoy es esposa del ex presidente; su hermano Víctor Manuel es titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados y el papá de ambos, Virgilio Andrade Palacios, formo parte del equipo jurídico que defendió al indefendible Carlos Romero Deschamps en el asunto del Pemexgate. Los Andrade siempre han tenido una estrecha cercanía con el PRI, con Roberto Madrazo y Carlos Salinas, desde mucho tiempo atrás. Por lo anterior podemos concluir que Virgilio Andrade llegó a exonerar a los inculpados y no a investigar a profundidad el caso ya que, para empezar, no se le han proporcionado los andamiajes jurídicos indispensables para realizar con eficacia la tarea supuestamente encomendada.
Todo esto nos recuerda cuando el propio Peña Nieto, cuando era gobernador del Estado de México, “instruyo” en su momento a otro subordinado, Alfonso Navarrete Prida a que indagara sobre las acusaciones de corrupción que, con toda justeza enfrentaba su tío Arturo Montiel. El resultado de dicha investigación, como era de esperarse, concluyo que Montiel era un ejemplo de honestidad en el manejo del presupuesto y no un corrupto delincuente como lo es en realidad.
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